Historia de Estanzuela

Este poblado fue fundado por el colonizador español Juan Navas en 1740, cuando descubrió que las tierras contaban con numerosa cantidad de pastos y agua para su ganado; Navas llamó a la región la Estancia». Ya para 1769 aparecía como una hacienda en el Valle de Santa Cecilia.

La familia Navas oriunda de España, fueron los colonizadores según el año 1,740 donde juan Navas llama a su Hacienda Estancia.

Con motivo de la visita pastoral que entre 1768 a1770 realizó a lomo de mula a su diócesis el arzobispo doctor Pedro Cortés y Larraz, en 1769 visitó la entonces parroquia de Zacapa, a cuya cabecera de curato y como hacienda indicó está Estanzuela a una distancia de una legua. El hecho de que en 1769 apareciera como hacienda quiere decir que por esa fecha aún podría suponerse haberse llevado a cabo todavía dentro del período hispánico, debido a que cuando la Asamblea decretó en 1825 los pueblos que comprendían el territorio, se mencionó a Estanzuela perteneciente al circuito de Zacapa. Con la misma jurisdicción también figura en el decreto del 27 de agosto de 1936 que distribuyó los pueblos del Estado para la administración de justicia, como aparece en la Recopilación de Leyes de Pineda Mont.

Estanzuela (diminutivo de Estancia) es un municipio del departamento de Zacapa, en la zona Oriental de la República de Guatemala; originalmente era una hacienda de propiedad particular.

Celebra su fiesta patronal en honor a su santa patrona Santa Cecilia de Roma del 20 al 23 de noviembre.

El municipio cuenta con tres supermercados.

En junio de 2022 el municipio de Estanzuela, fue declarado primer pueblo pintoresco a nivel nacional.

Toponimia

Este poblado fue fundado por el colonizador español Juan Navas en 1740, cuando descubrió que las tierras contaban con numerosa cantidad de pastos y agua para su ganado; Navas llamó a la región «la Estancia». Ya para 1769 aparecía como una hacienda en el Valle de Santa Cecilia.​

Durante un tiempo fue conocida como «Estanzuelita», pero ya en la constitución del Estado de Guatemala de 1825 aparece como «Estanzuela».​

Demografía

La población de Estanzuela es 100% ladina . Aunque en estos últimos años esta cifra a disminuido debido a la migración de personas provenientes de otros municipios de Guatemala y de Centroamérica.

Geografía física

El municipio de Estanzuela se localiza en la latitud de: 14°59′55″ y longitud de 89°34’25», se encuentra a una altura de 195 metros sobre el nivel del mar, a una distancia de 141 km de la Ciudad Capital y a 5 km de la cabecera departamental de Zacapa sobre la Ruta CA-10 que conduce hacia Esquipulas.

Ubicación geográfica

Estanzuela está ubicada en el departamento de Zacapa y rodeado por municipios del mismo; sus colindancias son las siguientes:

Gobierno municipal

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala 

N.º 1 LeyDescripción1Constitución Política de la República de GuatemalaTiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262

No.2Ley Electoral y de Partidos PolíticosLey de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.

No3. Código MunicipalDecreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.

No.4Ley de Servicio MunicipalDecreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.

No.5. Ley General de DescentralizaciónDecreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal​ mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».​

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.​

Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.

Escudo municipal

El Escudo de Estanzuela está formado por un circuito de colores naranja, amarillo y gris, en el centro tiene un dibujo de un mastodonte, un tuno y una vasija de barro, el cual fue elaborado por el Instituto de Fomento Municipal INFOM con sede en la ciudad de Guatemala, no habiendo obtenido ningún dato de la fecha de su elaboración.

Música Representativa del municipio

La Estancia

Es una composición, dedicada por su Autor Mynor Leonel Aguirre Mata, en la que se cuenta gran parte de como está conformado el municipio.


Letra de la Estancia

Allá por oriente de donde yo soy
Se encuentra mi pueblo con su tradición.
Muy viejo mi pueblo se siente ya
Con su prehistoria se hace sentir.

Son muchos sus hijos que ha visto nacer
Es mucha su gente que ha visto crecer.
Como la estancia primer nombre fue
Ahora Estanzuela te recordare (bis).

Mujeres hermosas de tan bello jardín
Manos laboriosas del bordado son.
Es tierra muy fértil mi pueblo natal
Con su agricultura a todos sus hombres los hace soñar.

Como la estancia primer nombre fue
Ahora Estanzuela te recordare (bis).

Son cuatro sus hijos que la ven llorar
Herencia de todos que la hacen cantar.
Chispan se le llama a su hija mayor
Tejiendo atarrayas coyo el pescador.

Su viejo patrono en San Nicolás
Su cerro muy grande y su agricultura la hacen brillar.

Con su requesón también su canal
Sus aguas le adornan a mi Guayabal.

Tres Pinos su nombre un gran soñador
Contempla su llano como hijo menor.

Como la estancia primer nombre fue
Ahora Estanzuela te recordare (bis).

Historia

Durante la época colonial, Estanzuela estaba en el trayecto a lo largo del río Motagua que comunicaba a la Ciudad de Guatemala con la costa del Mar Caribe. En 1740, durante uno de esos viajes, Juan Navas, de origen español, decidió descansar por unos días seleccionando en una llanura de la localidad; pacíficamente tomó tierras de ganaderos españoles y aunque su meta era ir más al oriente para contar con suficiente agua y mejores pastos para el ganado, se radicó en la localidad y estableció una pequeña granja, a la que llamó «La Estancia».​

Tras la Independencia de Centroamérica

La constitución del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 —y no el 11 de abril de 1836, como numerosos historiadores han reportado incorrectamente— creó los distritos y sus circuitos correspondientes para la administración de justicia según el Código de Lívingston traducido al español por José Francisco Barrundia y Cepeda; el poblado de Estanzuela fue parte del circuito Zacapa en el Distrito N.º 4 (Chiquimula). Este distrito también incluía a los poblados de Santa Lucía, San Pablo, Gualán, Izabal, Río Hondo, Trapiche, Uzumatán y Teculután.​

Según Acuerdo Gubernativo del 12 de agosto de 1886 del gobierno del general Manuel Lisandro Barillas se autorizó a la Municipalidad para enajenar los sitios donde se encontraban las casas de la población con el propósito de reducir la propiedad particular y que pasaran a propiedad directa de cada dueño.​